Encuentro de los presidentes de los reguladores audiovisuales de Andalucía, Cataluña y Valencia

Los presidentes de los organismos reguladores audiovisuales de Andalucía, Cataluña y Valencia se han reunido para analizar las consecuencias que puede conllevar el anteproyecto de la Ley General de Comunicación Audiovisual. También se han evaluado las diferentes actuaciones llevadas a cabo recientemente por estas entidades, así como otros temas de actualidad como la protección de los menores, la desinformación y la educación en comunicación audiovisual.  
 
 
 
En la reunión han participado el presidente del Consejo del Audiovisual de Cataluña (CAC), Roger Loppacher , el presidente del Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) y socio de la APC Antonio Checa, y el presidente del Consejo Audiovisual de la Comunidad Valenciana (CACV), Jose Maria Vidal. El encuentro, el primero que se celebra entre las tres instituciones, ha tenido lugar en la sede del CAC, en Barcelona.  
 
 
 
Con respecto al anteproyecto de ley, se han estudiado las modificaciones realizadas en los dos periodos de información pública llevados a cabo. Tanto el CAC como el CAA presentaron alegaciones al texto elaborado por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.  
 
 
 
La futura norma, que sustituirá a la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual (LGA), supone la transposición de la Directiva Europea 2018/1808 de Servicios de Comunicación Audiovisual, que presenta como principal novedad la regulación de los servicios de intercambios de vídeos generados por los usuarios a través de plataformas y de las redes sociales.
 
 
 

Los tres presidentes han coincidido en reclamar que el anteproyecto incluya la participación de las autoridades reguladoras autonómicas en la supervisión de los nuevos servicios de comunicación audiovisual, como las plataformas de intercambios de vídeos, las redes sociales y las emisiones de los influencers.

 
 
Desde estos organismos reguladores autonómicos se considera que la supervisión y control de estos contenidos, así como la protección de los menores antes estos nuevos servicios audiovisuales, no debe corresponder exclusivamente a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Se subraya así que al resto de autoridades reguladoras deben reconocerse estas facultades de inspección sobre los contenidos que se reciben en cada comunidad autónoma, y prever mecanismos de colaboración.
 
 
 
Enlace a la fuente original